Exhorta Seduvi a retiro inmediato de 160 anuncios envolventes y en muros ciegos de inmuebles

Publicado el 26 Septiembre 2022
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Ciudad de México, 26 de septiembre de 2022

BOLETÍN SEDUVI/2022

Exhorta Seduvi a retiro inmediato de 160 anuncios envolventes y en muros ciegos de inmuebles

  • Medios publicitarios envolventes y de muros ciegos, prohibidos por la Ley de Publicidad Exterior deberán ser retirados inmediatamente por las empresas de publicidad. Se interpondrán denuncias penales en los casos necesarios

Con el objetivo de garantizar el derecho de las personas en la Ciudad de México a un entorno natural y urbano sostenible que propicie una mejor calidad de vida y libre desarrollo de la ciudadanía, garantizando su seguridad, la percepción armónica de la imagen urbana y el disfrute pleno del paisaje urbano, en su carácter colectivo, comunitario y participativo; la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México informa que, hoy fueron colocados 160 avisos para solicitar a propietarios de edificios, marcas y empresas el retiro inmediato de anuncios ilegales envolventes y en muros, haciendo de su conocimiento que la Ley establece sanciones penales a quien coloque o permita medios prohibidos.

Los propietarios de estos medios publicitarios ilegales, al no atender los procedimientos establecidos por la nueva Ley, podrían ser denunciados penalmente. También pueden recibir sanciones en materia penal las marcas anunciantes y los propietarios de edificios en los que estos anuncios se instalan.

En las próximas semanas SEDUVI, el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA), la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), y la Secretaría de Obras y Servicios (SOBSE) trabajarán en el retiro de la totalidad de los anuncios que se encuentren en este supuesto.

A partir de la publicación de la Ley de Publicidad Exterior -6 de junio de 2022-, la SEDUVI también trabaja para el retiro y sanción penal de los medios publicitarios que la Ley cataloga como ilegales, como es el caso de los anuncios envolventes y de muros ciegos.

En ese sentido, la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda, inició acciones para hacer del conocimiento directo de propietarios, publicistas, anunciantes y/o responsables de inmuebles que exhiben este tipo de anuncios las implicaciones legales y administrativas en las que pudieran incurrir.

Asimismo, se ha corroborado en campo la existencia de 49 anuncios envolventes prohibidos en edificios y 111 en muros ciegos colindantes que no cuentan con licencia ni están registrados en el Padrón Oficial de anuncios de 2015.

La nueva Ley de Publicidad Exterior de la Ciudad de México cumple el compromiso del Gobierno de la Ciudad para garantizar el derecho de la sociedad capitalina a un paisaje urbano y a un espacio público libres de contaminación visual y saturación de dispositivos publicitarios, tanto en las edificaciones como en banquetas, parques, infraestructuras, corredores, vialidades y equipamientos.

Lo anterior resultará en la pronta reducción de la saturación publicitaria en el paisaje urbano y espacio público de nuestra Ciudad. En el periodo transcurrido desde la publicación de la Ley, la Secretaría seguirá en coordinación permanente con las Secretarías de Gestión Integral de Riesgos, Seguridad Ciudadana, Gobierno, Movilidad y Administración y Finanzas, así como con el INVEA y la PAOT, para una actuación coordinada en este proceso de ordenamiento y para la elaboración del reglamento de la Ley.

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